Situación de la Sequía en Cuba
Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos
Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos / Funciones
 
  Funciones
  Creado en 1989, a través del Decreto-Ley No. 114 del 6 de junio, este organismo toma el mismo nombre que el fundado el 10 de agosto de 1962, y en el año 2007 por el Decreto-Ley No 245 cesa el INRH como Organismo de la Administración Central del Estado y se adscribe al MICONS, manteniendo sus funciones.

El INRH es el encargado de dirigir, ejecutar y controlar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno relativa a la actividad de los recursos hidráulicos en Cuba.
 
 
En el período 2000-2001 el INRH comienza un proceso de reorganización, modificando la estructura, funciones y atribuciones de su Nivel Central, y crea grupos empresariales y empresas que aplican el nuevo sistema de dirección y gestión empresarial. Continuador de las instituciones que lo precedieron, tiene hoy la responsabilidad de cumplir con las siguientes funciones:

• Organizar y dirigir en coordinación con los organismos competentes, la protección de las aguas terrestres, las cuencas, los cauces naturales, las obras e instalaciones hidráulicas contra peligros de contaminación, azolvamiento y otras formas de degradación y deterioro, así como el control sistemático de la calidad de las aguas.

• Determinar con los organismos que correspondan, las regulaciones necesarias para la protección de los objetivos económicos, sociales y el medio ambiente natural, de los efectos nocivos que pudieran causar las aguas terrestres, estableciendo las acciones de organización, aseguramiento y control que garanticen la seguridad y el correcto funcionamiento de las instalaciones hidráulicas, de las obras de protección contra inundaciones, el drenaje subterráneo y la capacidad de conducción de los cauces naturales o artificiales.

• Determinar y mantener actualizado el potencial hidráulico del país, poner a disposición de los organismos competentes los datos y caracterización del ciclo hidrológico relativos a las aguas superficiales y subterráneas, la lluvia y la evaporación.

• Proponer la estrategia de desarrollo hidráulico del país y en correspondencia controlar y normar la actividad de proyectos e inversiones de las obras hidráulicas que se ejecuten.

• Planificar, normar y controlar los recursos hidráulicos, así como la operación, vigilancia técnica y el mantenimiento de las obras e instalaciones hidráulicas.

• Determinar y mantener actualizados los estudios y evaluaciones del potencial hidroenergético y proponer con la participación de los organismos que les compete la estrategia de su desarrollo, así como normar y controlar la proyección, la inversión, la operación y el mantenimiento de las obras hidroenergéticas en lo que le compete.

• Normar y controlar la actividad de acueducto, alcantarillado y drenaje pluvial.

• Organizar y garantizar el funcionamiento del registro nacional de aguas terrestres en el que se inscribirán las concesiones, asignaciones y permisos relativos al uso de las aguas y a su preservación, en correspondencia con lo que determina la Ley.
 
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