Es el órgano supremo del poder del
Estado. Representa y ejerce la voluntad soberana de todo
el pueblo a través de los diputados elegidos en los
169 municipios, cuyo mandato tiene una duración de
cinco años.
La Asamblea es el único órgano de la República
con potestad constituyente y legislativa. Sesiona en dos
períodos ordinarios cada año de manera pública,
excepto en el caso en que la propia Asamblea acuerde celebrar
las sesiones a puertas cerradas por razón de interés
de Estado.
Los diputados al Parlamento cubano son propuestos por las
organizaciones de masa y estudiantiles con que cuenta la
nación. Estas propuestas son sometidas a la consideración
de las asambleas municipales, que no son más que
los representantes del pueblo por cada barrio. Una vez aprobada
la candidatura por estas asambleas son llevadas a la aprobación
de todo la población por voto directo y secreto.
En las últimas elecciones generales fueron electos
609 diputados provenientes de los más diversos sectores
de la vida del país.
El 35,96% de los diputados (219) son mujeres, para un 8,34%
de incremento en comparación con la V legislatura.
Un total de 603 (99,01%) tienen nivel universitario y medio
superior.
Un total de 144, están vinculados directamente a
la producción y los servicios, tres son líderes
religiosos, 21 se desempeñan en el campo de las investigaciones,
38 trabajan en el mundo de la cultura, 40 forman parte de
las Fuerzas Armadas y el Ministerio del Interior, 68 ocupan
responsabilidades como dirigentes y funcionarios del Partido
y la UJC, 57 son cuadros de las organizaciones de masas
y estudiantiles, 47 laboran en la administración
de justicia, 150 actúan como presidentes, vicepresidentes
y secretarios de los órganos locales del Poder Popular
y de estos últimos 67 cumplen las funciones de presidentes
y vicepresidentes de los Consejos Populares.
Es elevado el índice de renovación de la Asamblea,
378 diputados (62,07%) que asumen por primera vez ese mandato,
como muestra evidente de la extraordinaria calidad humana
y de las capacidades existentes en nuestro pueblo
Una buena parte de los integrantes del máximo órgano
del poder estatal son al mismo tiempo delegados de circunscripción;
ellos suman 283, lo que equivale al 46,5%.
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| Tanto en las 14 provincias, como en los
169 municipios en que se divide el territorio nacional,
para los fines políticos y administrativos, se constituyen
asambleas de delegados del Poder Popular. Estas asambleas
están investidas de la más alta autoridad
local para el ejercicio de las funciones estatales en sus
demarcaciones respectivas. Para ello, en cuanto les concierne,
ejercen el gobierno y, a través de los órganos
que constituyen, dirigen entidades económicas, de
producción y servicios que les están directamente
subordinadas, y desarrollan las actividades requeridas para
satisfacer necesidades asistenciales, económicas,
culturales, educacionales y recreativas de la colectividad
del territorio sobre el que se extiende la jurisdicción
de cada una. Ayudan, además, al desarrollo de las
actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades
establecidas en su territorio que no les están subordinadas.
El mandato de los delegados es revocable únicamente
por sus electores, los que pueden ejercer esta facultad
en cualquier momento. En cada una de estas asambleas, los
delegados eligen de su seno a los integrantes del comité
ejecutivo, órgano colegiado que entre una y otra
sesión representa a la Asamblea; y cumple y hace
cumplir sus acuerdos, dirige y controla la gestión
administrativa, y adopta las medidas pertinentes para el
desarrollo de los planes y la solución de los problemas
que más aquejan a la comunidad. Dichos comités
ejecutivos también rinden cuentas periódicamente
a las asambleas de delegados sobre las actividades desplegadas.
La Asamblea Nacional y el Consejo de Estado se auxilian
de Comisiones de Trabajo, elegidas en el seno del propio
Parlamento, las cuales son colectivos integrados por diputados
que poseen conocimiento de los asuntos concernientes a las
esferas de competencia. Constitucionalmente, corresponde
al Presidente de la Asamblea Nacional dirigir y organizar
la labor de esas comisiones. El trabajo de estos colectivos
de diputados contribuye a mantener la continuidad de la
labor de la Asamblea Nacional entre un período y
otro de sesiones. Además, las diversas actividades
que para la preparación de los asuntos realizan los
legisladores que la componen, propician la vinculación
permanente de éstos con la vida nacional.
Cada proyecto de ley, según el tema de competencia,
es discutido por las Comisiones, las cuales para ello celebran
audiencias y hacen comparecer a funcionarios estatales y
gubernamentales y especialistas. Una vez que concluyen con
el estudio del proyecto y adoptan sus acuerdos, como regla
se produce una ampliación del debate a nivel de cada
una de las 14 provincias, donde participan los diputados
que residen en el territorio, pero también delegados
municipales y provinciales, representantes de las organizaciones
sociales y especialistas destacados, con el propósito
de hacer más abarcadora la toma de decisiones. De
esta forma, los proyectos de leyes, informes, acuerdos y
otros documentos relacionados con los períodos de
sesiones, al someterse a discusión y aprobación,
han sido analizados previamente por los miembros de las
comisiones que corresponden.
Las comisiones permanentes que existen en la actualidad
tienen competencias enmarcadas de acuerdo con las esferas
siguientes: Asuntos Constitucionales y Jurídicos,
Atención a la Actividad Productiva, Organos Locales
del Poder Popular, Educación, Cultura, Ciencia y
Tecnología; Asuntos Económicos, Salud, Deporte
y Medio Ambiente; Defensa Nacional, Atención a los
Servicios, Atención a la Juventud, la Niñez
y la Igualdad de Derechos de la Mujer; Relaciones Internacionales.
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