Situación de la Sequía en Cuba
Instituto Nacional de Recursos Hidráulicos
 
República de Cuba / Gobierno
Gobierno
 
Cuba es un Estado socialista organizado como república unitaria y democrática. El nombre del Estado cubano es República de Cuba, el idioma oficial es el español y su capital es la ciudad de La Habana. El Partido Comunista de Cuba es la fuerza dirigente superior de la sociedad y del Estado, que organiza y orienta los esfuerzos comunes hacia los altos fines de la construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista.

Los órganos de gobierno del Estado cubano son:
 
 
 

Asamblea Nacional del Poder Popular

Es el órgano supremo del poder del Estado. Representa y ejerce la voluntad soberana de todo el pueblo a través de los diputados elegidos en los 169 municipios, cuyo mandato tiene una duración de cinco años.
La Asamblea es el único órgano de la República con potestad constituyente y legislativa. Sesiona en dos períodos ordinarios cada año de manera pública, excepto en el caso en que la propia Asamblea acuerde celebrar las sesiones a puertas cerradas por razón de interés de Estado.
Los diputados al Parlamento cubano son propuestos por las organizaciones de masa y estudiantiles con que cuenta la nación. Estas propuestas son sometidas a la consideración de las asambleas municipales, que no son más que los representantes del pueblo por cada barrio. Una vez aprobada la candidatura por estas asambleas son llevadas a la aprobación de todo la población por voto directo y secreto.
En las últimas elecciones generales fueron electos 609 diputados provenientes de los más diversos sectores de la vida del país.
El 35,96% de los diputados (219) son mujeres, para un 8,34% de incremento en comparación con la V legislatura. Un total de 603 (99,01%) tienen nivel universitario y medio superior.
Un total de 144, están vinculados directamente a la producción y los servicios, tres son líderes religiosos, 21 se desempeñan en el campo de las investigaciones, 38 trabajan en el mundo de la cultura, 40 forman parte de las Fuerzas Armadas y el Ministerio del Interior, 68 ocupan responsabilidades como dirigentes y funcionarios del Partido y la UJC, 57 son cuadros de las organizaciones de masas y estudiantiles, 47 laboran en la administración de justicia, 150 actúan como presidentes, vicepresidentes y secretarios de los órganos locales del Poder Popular y de estos últimos 67 cumplen las funciones de presidentes y vicepresidentes de los Consejos Populares.
Es elevado el índice de renovación de la Asamblea, 378 diputados (62,07%) que asumen por primera vez ese mandato, como muestra evidente de la extraordinaria calidad humana y de las capacidades existentes en nuestro pueblo
Una buena parte de los integrantes del máximo órgano del poder estatal son al mismo tiempo delegados de circunscripción; ellos suman 283, lo que equivale al 46,5%.

 
Consejo de Estado

Es el órgano de la Asamblea Nacional del Poder Popular que la representa entre uno y otro período de sesiones, ejecuta los acuerdos de aquélla, ejercita las funciones que la Constitución le atribuye y rinde cuenta a los diputados de todas sus actividades. Tiene un carácter colegiado y, a los fines nacionales e internacionales, ostenta la suprema representación del Estado Cubano. Los 31 miembros del Consejo de Estado son elegidos por la Asamblea Nacional de entre los diputados y su mandato expira al constituirse una nueva Asamblea en virtud de las renovaciones periódicas de ésta.

 
Consejo de Ministros

Es el máximo órgano ejecutivo y administrativo y constituye el Gobierno de la República, cuyos miembros aprueba la Asamblea a propuesta del Presidente del Consejo de Estado. También rinde cuentas, periódicamente, de todas sus actividades ante la Asamblea Nacional del Poder Popular.

 
Organos Locales

Tanto en las 14 provincias, como en los 169 municipios en que se divide el territorio nacional, para los fines políticos y administrativos, se constituyen asambleas de delegados del Poder Popular. Estas asambleas están investidas de la más alta autoridad local para el ejercicio de las funciones estatales en sus demarcaciones respectivas. Para ello, en cuanto les concierne, ejercen el gobierno y, a través de los órganos que constituyen, dirigen entidades económicas, de producción y servicios que les están directamente subordinadas, y desarrollan las actividades requeridas para satisfacer necesidades asistenciales, económicas, culturales, educacionales y recreativas de la colectividad del territorio sobre el que se extiende la jurisdicción de cada una. Ayudan, además, al desarrollo de las actividades y al cumplimiento de los planes de las unidades establecidas en su territorio que no les están subordinadas.

El mandato de los delegados es revocable únicamente por sus electores, los que pueden ejercer esta facultad en cualquier momento. En cada una de estas asambleas, los delegados eligen de su seno a los integrantes del comité ejecutivo, órgano colegiado que entre una y otra sesión representa a la Asamblea; y cumple y hace cumplir sus acuerdos, dirige y controla la gestión administrativa, y adopta las medidas pertinentes para el desarrollo de los planes y la solución de los problemas que más aquejan a la comunidad. Dichos comités ejecutivos también rinden cuentas periódicamente a las asambleas de delegados sobre las actividades desplegadas.

La Asamblea Nacional y el Consejo de Estado se auxilian de Comisiones de Trabajo, elegidas en el seno del propio Parlamento, las cuales son colectivos integrados por diputados que poseen conocimiento de los asuntos concernientes a las esferas de competencia. Constitucionalmente, corresponde al Presidente de la Asamblea Nacional dirigir y organizar la labor de esas comisiones. El trabajo de estos colectivos de diputados contribuye a mantener la continuidad de la labor de la Asamblea Nacional entre un período y otro de sesiones. Además, las diversas actividades que para la preparación de los asuntos realizan los legisladores que la componen, propician la vinculación permanente de éstos con la vida nacional.

Cada proyecto de ley, según el tema de competencia, es discutido por las Comisiones, las cuales para ello celebran audiencias y hacen comparecer a funcionarios estatales y gubernamentales y especialistas. Una vez que concluyen con el estudio del proyecto y adoptan sus acuerdos, como regla se produce una ampliación del debate a nivel de cada una de las 14 provincias, donde participan los diputados que residen en el territorio, pero también delegados municipales y provinciales, representantes de las organizaciones sociales y especialistas destacados, con el propósito de hacer más abarcadora la toma de decisiones. De esta forma, los proyectos de leyes, informes, acuerdos y otros documentos relacionados con los períodos de sesiones, al someterse a discusión y aprobación, han sido analizados previamente por los miembros de las comisiones que corresponden.

Las comisiones permanentes que existen en la actualidad tienen competencias enmarcadas de acuerdo con las esferas siguientes: Asuntos Constitucionales y Jurídicos, Atención a la Actividad Productiva, Organos Locales del Poder Popular, Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología; Asuntos Económicos, Salud, Deporte y Medio Ambiente; Defensa Nacional, Atención a los Servicios, Atención a la Juventud, la Niñez y la Igualdad de Derechos de la Mujer; Relaciones Internacionales.

 
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